FEC 1 ACT 4 GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

 Garantías constitucionales

Las garantías constitucionales son mecanismos que establece la Constitución para garantizar el cumplimiento de los derechos de los habitantes de la Nación.

En el artículo 18 de la Constitución Nacional se encuentran garantías referidas a la propiedad privada, al debido proceso (es decir, aquellos procedimientos que se deben llevar a cabo para que una persona sea considerada imputable de un delito).

En la reforma constitucional del año 1994 se introducen los nuevos derechos y garantías; es así que en el artículo 43 de la CN se introduce estas nuevas garantías: Acción de Amparo, Habeas Corpus y Habeas Data. Asimismo, la reforma incorporó varios tratados internacionales de Derechos Humanos; por ejemplo, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, entre otros.

Garantías Constitucionales Específicas




Actividades:

1- Después de buscar y leer el art. 43 de la CN transcribí el párrafo que corresponde a cada una de las garantías constitucionales:

Art. 43 de la CN

a. Habeas Corpus

b. Habeas Data

c. Acción de Amparo

2- Respondé a las iguientes preguntas tulizanda el este link:

http://contenidosdigitales.ulp.edu.ar/exe/formacion_etica/garantas_constitucionales.html

a. Acción de Amparo: ¿Qué es y cuándo debe interponerse la Acción de Amparo?

b. Habeas Corpus: ¿Qué es y qué protege el Habeas Corpus?

c. Habeas Data: ¿Qué es el Habeas Data?

3- Determiná por escrito qué garantía constitucional debe anteponer en cada caso.

Casos prácticos

a. Raúl ha sufrido un accidente vial con secuelas que hacen necesario, de modo urgente, el uso de elementos de ortopedia de alta complejidad que no son reconocidos por su obra social, en razón de que los mismos no se encuentran autorizados en el manual de prestaciones. Los médicos, en forma unánime, coinciden que la no provisión e implantación inmediata de la prótesis le ocasionará al paciente daños irreversibles a su salud, afectando seriamente su calidad de vida.

¿Cuál sería la garantía qué tiene la ley frente a esta negativa, ya que no existe un medio administrativo y judicial ordinario más idóneo para resolver esta cuestión, con la urgencia que merece el caso?

Respondé:

b. A la salida de la ¨Bailanta de Fabi¨, se produce un incidente entre algunos asistentes. Al intervenir la fuerza pública, las personas implicadas en el desorden se dispersan. La policía comienza la persecución de los mismos para su detención, por los destrozos que han ocasionado. En las inmediaciones del lugar del hecho, Ariel, se encuentra camino a su casa; el joven es divisado por la policía. Los mismos suponen que él es uno de los responsables de los destrozos y proceden a su detención, sin mediar orden judicial, trasladándolo a la comisaría de la zona.

¿Cuál sería la garantía qué tiene la ley frente a esa conducta?

Respondé:

c. El Sr. Ramiro Sosa concurre a una Institución Bancaria a solicitar un crédito personal. Se le informa que no puede acceder al mismo porque figura en un registro de morosos (Veraz). Esta situación era desconocida hasta ese momento por el solicitante, quien a su vez nunca había solicitado un crédito. Averiguando, le informan que era moroso de un crédito hipotecario, el cual era pagado mensualmente por el sistema de cesión de haberes, es decir que el Organismo que paga su sueldo le retiene el monto de la deuda y se lo trasfiere a la otra institución bancaria a quien se le debe.

El organismo que paga el sueldo, retuvo y giró regularmente el dinero al banco que otorgó el crédito hipotecario.

¿Cuál sería la garantía qué tiene la ley frente a esa conducta?

Respondé:


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